lunes, 9 de enero de 2023

⚖️ Personas Públicas No Estatales

 PERSONAS PÚBLICAS NO ESTATALES


CARACTERIZACIÓN 

Su naturaleza deriva de la voluntad del legislador. 

DIFERENCIA ENTRE ENTIDADES PÚBLICAS Y PRIVADAS: Si se regula por el derecho público serán personas públicas, si se regulan por el derecho privado serán personas privadas. 

Las personas públicas son creadas por la Constitución o la Ley. Las personas privadas son de creación particular en función de igual interés, no tienen prerrogativas especiales.

DIFERENCIA ENTRE PERSONAS ESTATALES Y NO ESTATALES: Está dotado por su pertenencia a la organización jurídica, Estado en sentido amplio por oposición al Estado en sentido estricto


Se distinguen las siguientes categorías, admitidas a nivel comparado y nacional: 

  1. Personas públicas estatales. Son el Estado y cada uno de los Entes Autónomos m Servicios Descentralizados, y Gobiernos Departametnales. 

  2. Personas públicas no estatales. Categorizadas legalmente.

  3. Personas privadas no estatales. Son las personas jurídicas civiles y comerciales. 

  4. Personas privadas estatales. Intituidas por adquisición o expropiación, son las nacionalizadas. 


CARACTERES PERSONA PÚBLICA NO ESTATAL

  • Creación por ley. 

  • Cometidos de interés público. Cumplen actividades reputadas de interés público. 

  • No rige el TOCAF. Sus funcionarios no revisten la calidad de funcionarios públicos , se regulan por derecho laboral. 

  • Sus decisiones no son actos administrativos y su contratación no está alcanzada por la normativa general aplicable a la Administracion pública. 

  • Patrimonio propio. Sus bienes no son estatales, sus fondos suelen ser de doble origen, público y privado. 

  • TCA no es competente a su respecto, a diferencia del Poder Judicial 

  • No son aplicables los art 24 y 25 CN en materia de responsabilidad.

EVOLUCIÓN

ORIGEN Y DESARROLLO: Esta clase de persona jurídica no estal surge con la creación de los siguientes organismos:

  1. CAJA DE JUBILACIONES Y PENSIONES. 

  2. FRIGORÍFICO NACIONAL

  3. CONAPROLE

Surgieron controversias en cuestiones de competencias.

Sayagues Laso, por medio de su estudio doctrinario y del art 100 del Código de Organización de Tribunales, determinó que estas son entidades personas jurídicas de derecho público cuyo patrimonio es no estatal totalmente o en parte. A partir de entonces se crearon otras: Caja Notarial, Caja de Compensaciones y Asignaciones Familiares, Caja de Jubilaciones, LATU ,etc

CRISIS: Reducción de las personas públicas no estatales por intervenciones administrativas y supresiones. Sin embargo continuaron con la creación por ejemplo COCAP. 

AUGE: Aparecen nuevos tipos de personas públicas no estatales, CND: Corporación Nacional para el Desarrollo. INAVI: Instituto Nacional de Vitivinicultura


COMPETENCIA

Las personas públicas no estatales desarrollan actividades de distintas áreas:

  • SEGURIDAD SOCIAL, Caja Notarial y Pensiones, Caja de Jubilaciones y Pensiones Bancarias, Caja de Profesionales Universitarios. 

  • AREA AGROPECUARIA. CONAPROLE, MEVIR: Fondo para la erradicación dela vivienda insalubre rural, INAC: Instituto Nacional de Carnes, INAVI: Instituto Nacional de Vitivinicultura, INIA: Instituto Nacional de Investigación Agropecuario. IPA: Plan Agropecuario. 

  • ÁREA ECONÓMICA: CND: Corporación Nacional para el Desarrollo, LATU: Laboratorio Tecnológico del Uruguay, URUGUAY XXI: Instituto de Promoción de la Inversión y las Exportaciones de Bienes y Servicios, INCAL: Instituto Nacional de Clidad. 

  • ÁREA ENSEÑANZA: COCAP:  Consejo de Capacitación Profesional, IMPO: Dirección Nacional de Impresiones y Publicaciones Oficiales, Fondo de Solidaridad. 

  • ÁREA DE SALUD: FNR: Fondo Nacional de Recursos, Comisión Honoraria para la Lucha Antituberculosa. 



Atendiendo a sus características y variedad se clasifican en tres categorías:

  1. CORPORACIÓN. Acá encontramos a CONAPROLE.

  2. FUNDACIÓN. Predominan el fondo de recursos destinados a fines específicos. MEVIR, FNR, Fondo de Solidaridad.

  3. EJECTURO DE POLÍTICAS SECTORIALES. INAC, INAVI, INIA, INASE IPA


CONTROL

Controles según los sujetos que los movilizan:

  1. INSITUCIONALES.

Cumplen las instituciones públicas y privadas representadas en lo órganos de dirección. 


  1. PARTICULARES

Son aquellas interposiciones de recursos que pueden ser interpuestas por cualquier interesado, incluso sus empelados. Ej. Art 29 de Acto Institucional aplicable a las tres cajas refiere a que el recurso de revocación debe ser interpuesto dentro de los 20 días hábiles a partir del siguiente de la notiricación al interesado. 

Las decisiones de las personas públicas no estatales no son actos administrativos por lo que es inaplicable el régimen constitucional de recursos administrativos, o sea, no se puede accionar la jurisdicción anulatoria ante el TCA. .Corresponderá por el contrario, al Poder Judicia, por vía de acción o de excepción o defensa. 


  1. POPULARES

El control popular resulta de la obligación legal de publica anualmente estados que reflejen su situación financiera. Art 199 inc 2º Ley 16736,


  1. ESTATALES

    1. Poder Ejecutivo

Conductor de las políticas sectoriales, le corresponde la supervisión de la actuación de cada persona de derecho público no estatal a través del Ministerio respectivo. 

  1. Tribunal de Cuentas

Le corresponde examinar las rendiciones de cuentas del uso de los fondos públicos asignados. Art 138 TOCAF. 

  1. Auditoria Interna de la Nación

Se le comete controlar los estados contables que las personas públicas no estatales deben remitir dentro de 90 días al cierre del ejercicio.

  1. Tribunal del Poder Judicial.

Se le comete el control de juridicidad de las decisiones emanadas de los órganos de las personas públicas no estatales, sea a través de su anulación, desaplicación

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